La Corte IDH encontró responsable por primera vez al Estado colombiano por la vulneración de los derechos de un pueblo indígena
En un fallo sin precedentes, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) protegió los derechos territoriales, culturales y ambientales de la Nación U’wa ante la imposición de proyectos extractivos y de turismo en su territorio por parte del Estado colombiano, estableciendo un precedente para la protección de los pueblos indígenas y tribales en Colombia y en América Latina.
“Hoy es un día histórico para nuestro pueblo. Después de tantos años de lucha para ser escuchados y poder decidir ante proyectos que amenazan la vida de nuestra Madre Tierra, la Corte nos ha respaldado. Este reconocimiento es un hito no solo para la Nación U'wa, sino para todos los pueblos indígenas de Colombia y de la región, cuyos derechos han sido históricamente vulnerados. Celebramos esta decisión y hacemos un llamado al Gobierno colombiano para que cumpla las órdenes de la Corte y proteja nuestro derecho a vivir dignamente en nuestro territorio. Agradecemos a las organizaciones que nos han acompañado en la defensa de la vida y de la Madre Tierra”, señaló Javier Villamizar, presidente de Aso U’wa.
La Corte IDH estableció que el Estado colombiano es responsable, entre otros, por la ausencia de clarificación de títulos coloniales; el desarrollo inconsulto de una serie de proyectos extractivos en su territorio ancestral; la falta de delimitación, demarcación y titulación de los resguardos vigentes y la no participación de la Nación U’wa en la administración de Zizuma (Parque Nacional Natural El Cocuy).
De manera particular, la Corte enfatizó en la obligación del Estado de consultar sobre los proyectos que puedan afectar a los pueblos indígenas. Igualmente, señaló que la implementación de proyectos extractivos ha tenido un efecto profundo en la vida cultural, espiritual y ancestral de la Nación U'wa y concluye que ha tenido un impacto en su derecho a la vida digna. Asimismo, la CIDH instó a los Estados a cumplir los principios de prevención y precaución y ser especialmente estrictos en la supervisión y fiscalización de actividades empresariales que tengan la potencialidad de afectar el ambiente y la naturaleza.
La sentencia de la Corte le ordena al Estado: clarificar los títulos coloniales a fin de brindar seguridad jurídica al territorio U’wa, tomar medidas para mitigar los daños ambientales ocasionados por el oleoducto Caño Limón - Coveñas, realizar un acto público de reconocimiento en relación con los hechos del presente caso y crear un fondo de desarrollo comunitario que contribuya a una vida digna y a la integridad personal del pueblo U’wa.
Además, la Corte dispuso asegurar la participación de la Nación U’wa en la administración del Parque Nacional Natural El Cocuy y en un proceso de identificación de los impactos de los proyectos extractivos vigentes en su territorio.
En un contexto global de crisis climática, este fallo subraya la importancia del conocimiento ancestral en la protección de ecosistemas frágiles y enfatiza el derecho de los pueblos indígenas a la autodeterminación frente a proyectos que amenazan su existencia. Además, reconoce su rol esencial en la protección del ambiente, destacando la urgencia de replantear el desarrollo desde el respeto a los derechos humanos, la justicia ambiental y la sostenibilidad. La Nación U’wa continúa siendo un símbolo de resistencia y un llamado a adoptar modelos que honren la dignidad humana y la integridad del planeta.
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