Tunja vivirá días de máximo cuidado para evitar contagios y ocupación de UCI por COVID-19

personPOSITIVA FM

date_rangeJulio 21, 2020

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 Con toques de queda extendidos y estrictos controles de seguridad, el gobierno de Alejandro Fúneme busca proteger a los tunjanos.


A través de Facebook Live, el alcalde de Tunja, Alejandro Fúneme, presentó la actualidad por COVID-19 en la Capital que nos Une de la siguiente manera:


    Casos confirmados: 200

    Casos probables: 953

    Casos descartados por laboratorio: 4.620

    Casos fallecidos: 6

    Casos recuperados: 110


En lo que tiene que ver con la ocupación hospitalaria el mandatario presentó los siguientes datos:


    UCI INTENSIVO: Incluye pediátrica y neonatal.

    Número de camas ocupadas: 62 de 64.

    Pacientes otras causas: 54


    UCI INTERMEDIO (incluye pediátrica y neonatal).

    Número de camas ocupadas: 34 de 46

    Pacientes otras causas:31


    HOSPITALIZACIÓN GENERAL ADULTO Y PEDIÁTRICO:

    Número de camas ocupadas: 235 de 339

    Pacientes otras causas: 224


Características de los casos positivos:


    16,58%= SON TRABAJADORES DE SALUD

    37,8%= SON CASOS RELACIONADOS CON CASOS POSITIVOS

    1,5%= SON CONDUCTORES

    2,07= SON USUARIOS QUE VIAJARON A OTRAS CIUDADES

    8,8%= PERSONAS CON CRITERIOS DE RIESGO IDENTIFICADOS POR BÚSQUEDA ACTIVA.


Teniendo en cuenta este panorama y los diálogos con diferentes sectores y agremiaciones que ha sostenido la Administración, el mandatario aseguró que no habrá cierres parciales en la Capital sino Toque de Queda los fines de semana de la siguiente manera:


    TOQUE DE QUEDA EN TODO EL TERRITORIO DE LA CIUDAD DE TUNJA DE LA SIGUIENTE MANERA:

        Desde el día viernes, veinticuatro (24) de julio de 2020, a partir de las 7:00 p.m. y hasta las 5:00 a.m. del día lunes, veintisiete (27) de julio de 2020.

        Desde el día viernes, treinta y uno (31) de julio de 2020 a partir de las 7:00 p.m. hasta las 5:00 a.m. del día lunes, tres (03) de agosto de 2020.


Se exceptúan de esta medida ÚNICAMENTE las siguientes actividades:


    Actividades relacionadas con misión u operación de servicios de salud.

    Distribución de medicamentos y productos farmacéuticos (droguerías y centros naturistas).

    Servicios de emergencias médicas, distribución personal y elementos de bioseguridad se incluye el servicio en veterinarias.

    Servicios funerarios siempre y cuando se cumplan las medidas de distanciamiento y en general los protocolos de bioseguridad definidos por las autoridades competentes.

    Actividades de las Fuerzas Militares, Policía Nacional, Inpec y organismos de socorro.

    Servicio público técnico de mantenimiento correctivo para la prestación de servicios públicos esenciales.

    Servicios de distribución y comercialización de combustibles.

    Servicios de vigilancia y seguridad privada en el ejercicio de sus funciones.

    Atención en Comisarías de familia e inspecciones de policía de turno.

    Abastecimiento en supermercados, placitas campesinas y demás establecimientos de comercio para la adquisición de productos de la canasta familiar y de primera necesidad.

    Servicios puerta a puerta de domicilios.

    Servicio en locales y establecimientos de gastronomía (restaurantes), únicamente por medio de plataformas de comercio electrónico o por entrega a domicilio.

    El desplazamiento y comparecencia de funcionarios públicos que garanticen la protección de derechos fundamentales, colectivos y actuaciones administrativas, debidamente acreditados.

    Asistencia y cuidado de niños, niñas y adolescentes, personas mayores de 70 años, personas con discapacidad y enfermos con tratamientos especiales que requieren asistencia de personal capacitado y citas con especialistas.

    El funcionamiento de los servicios postales, de mensajería, radio, televisión, prensa y distribución de los medios de comunicación.


Adicionalmente fueron modificados los horarios de atención para el abastecimiento de elementos de primera necesidad y canasta familiar básica de la siguiente manera:


    Para el día sábado, veinticinco (25) de julio de 2020, será el horario comprendido desde las 6:00 a.m. a 3:00 p.m.

    Para el día domingo, veintiséis (26) de julio de 2020, será el horario comprendido desde las 6:00 a.m. a 3:00 p.m.

    Para el día sábado, primero (01) de agosto de 2020, será el horario comprendido desde las 6:00 a.m. a 3:00 p.m.

    Para el día domingo, dos (02) de agosto de 2020, será el horario comprendido desde las 6:00 a.m. a 3:00 p.m.


A través de este decreto, la administración municipal hace un llamado a los administradores de propiedad horizontal y conjuntos residenciales ubicados en la ciudad de Tunja para que, dentro del marco de sus competencias y en aplicación de los artículos 18 y 61 de la Ley 675 de 2001, adelanten las gestiones necesarias para su cabal cumplimiento en aras de restringir visitas, reuniones, celebraciones y cualquier acto que implique contacto con personas que no sean residentes en el respectivo conjunto de propiedad horizontal, salvo las excepciones contempladas en el mencionado decreto.


Con el fin de garantizar la seguridad de los Tunjanos la administración del médico Alejandro Fúneme incrementará los controles y operativos de seguridad tendientes a hacer cumplir las medidas y disposiciones del orden Nacional, Departamental y Local.


Para finalizar el mandatario local lanzó la campaña #SoyResponsable para instar a la ciudadanía a entender la corresponsabilidad que lleva sacar adelante esta difícil situación “Yo Alejandro Fúneme soy responsable de mi ciudad y de mi familia por eso debo acatar las disposiciones, usar el tapabocas y aplicar el distanciamiento social” señaló el Alcalde Mayor de Tunja.

Foto: Mapas de calor de Tunja



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