LA DIAN SUSPENDIÓ CERCA DE 4 MILLONES DE RUT QUE NO CUENTAN CON CORREO ELECTRÓNICO

personComunicado de Prensa

date_rangeAbril 15, 2024

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Tener el Registro Único Tributario actualizado es un requisito indispensable para presentar la declaración de renta. 

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) invita a la ciudadanía a prepararse para la declaración del impuesto sobre la renta de personas naturales, correspondiente al año gravable 2023, que deberá cumplirse entre los meses de agosto y octubre próximos.

De acuerdo con lo anterior, la entidad ha adelantado campañas para tener actualizado el Registro Único Tributario – RUT, que es un requisito indispensable para cumplir con la obligación de la presentación de la declaración del impuesto sobre la renta. No obstante, a pesar de los esfuerzos de los años 2022 y 2023 para contactar a los contribuyentes y pedirles que actualicen su registro, a la fecha, no ha sido posible ubicar a un total de 3’958.666 de inscritos en el RUT. Teniendo en cuenta que la no ubicación de estos contribuyentes obedece a no tener registrado un correo electrónico, dato que es obligatorio desde 2012, la DIAN ya le suspendió el registro; el estado del RUT puede ser consultado en portal de la entidad, utilizando la herramienta “consulte el estado del RUT” con su número de cédula.

Por lo anterior, la administración tributaria invita a los ciudadanos a que actualicen la información correspondiente lo antes posible, teniendo en cuenta que mientras se mantenga la suspensión, no podrán adelantar sus trámites con la DIAN, expedir facturas, soportar costos y deducciones, ni contratar bienes o servicios. La suspensión, además, conlleva a que el contribuyente se acerque a un punto de contacto de la entidad para el levantamiento de la medida.

La entidad también recuerda que otro de los requisitos para la presentación de la declaración del impuesto sobre la renta para personas naturales, es tener habilitada su cuenta de usuario en el portal transaccional de la DIAN y contar con su firma electrónica vigente. Desde 2023, como lo ordena la Resolución 139 del mismo año, la presentación de la declaración debe llevarse a cabo de manera virtual. Hacerlo en entidades bancarias ya no es una opción.


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