Está abierta convocatoria para recibir beneficios de inversión en infraestructura de escenarios de las artes escénicas

Con el propósito de hacer competitivo al sector de las artes escénicas, la administración municipal a través de la Secretaría de Cultura y Turismo realiza la apertura de la Convocatoria Pública Recursos de la Contribución Parafiscal Cultural del Municipio 2019, dispuesta para planes de inversión en construcción, adecuación, mejoramiento y dotación de infraestructura de escenarios para la presentación de representaciones en vivo de música, danza, teatro, entre otros.
De esta forma, la Secretaría de Cultura, desarrollará una socialización respecto al tema el próximo jueves 20 de junio a las 5:00 de la tarde en el salón Expresidentes de la Casa Museo del Fundador, por lo que la invitación está abierta y dirigida a organizaciones culturales titulares de escenarios de artes escénicas de naturaleza privada con sede en Tunja.
De acuerdo con lo recomendado por el comité de la contribución parafiscal de los espectáculos de las artes escénicas del municipio, los recursos dispuestos para esta convocatoria ascienden a más de treinta y cinco millones de pesos. Invitación que cerrará su recepción de documentos el 10 de julio de este año y deberán enviarse únicamente por correo certificado a la carrera 9 N° 19-56 Museo Casa del Fundador en horario de oficina.
Los interesados en participar de este proceso podrán encontrar toda la información, documentos, procesos de verificación, evaluación y reglamentación en la página web de la Alcaldía www.tunja-boyaca.gov.co, sección convocatorias ‘Convocatoria Pública recursos de la Contribución Parafiscal en Infraestructura privada o mixta del municipio de Tunja’.
La Contribución Parafiscal de los espectáculos públicos de las artes escénicas fue creada por la Ley No. 1493 de 2011 y tiene como hecho generador una tasa sobre la boletería de espectáculos públicos de las artes escénicas que deben recaudar los productores de los espectáculos públicos, equivalente al 10% del valor de la boletería o derecho de asistencia cuyo precio o costo individual sea igual o superior a tres Unidades de Valor Tributario (UVT).
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