Conteo regresivo para consulta anticorrupción, encuentre aquí todo lo que necesita saber

personGina Rojas Hoyos.

date_rangeAgosto 15, 2018

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Este año los colombianos vamos a ir a las urnas para dar nuestro voto a favor de la Consulta Popular Anticorrupción, para así, derrotar a los corruptos y someter a la clase política al control de la ciudadanía. El trabajo ya está hecho, ahora la ciudadanía debe ir a las urnas. ¡Prepárate! invita a tu familia y amigos a alistar la cédula para ir votar #SíAlaConsultaAnticorrupción.

¿Qué se busca?

Busca disminuir brecha salarial entre congresistas, altos funcionarios públicos y el resto de colombianos. En el caso de los congresistas reducir su sueldo de 40 a 25 SMLV (De $32 millones a $19,5 millones)

En 20 años el salario de los congresistas ha crecido 3 veces más que el salario mínimo.

Ahorrar 213 mil millones de pesos al año en salarios de congresistas y altos funcionarios.

Eliminar beneficios para corruptos de reclusión en sitios especiales.

Terminar los contratos con los corruptos sin que el Estado deba indemnizar.

Garantizar que existan pliegos tipo. Estos son pliegos con condiciones estandarizadas que evitan la manipulación de los requisitos para contratar con el Estado.

Se aumenta la transparencia por medio de la libre competencia para la elección en contratación.

Se facilita el control fiscal, la optimización de los procesos de selección, se garantiza el uso eficiente de los recursos públicos y se elimina el direccionamiento de los procesos de contratación.

Fomentar participación ciudadana para distribuir recursos con lo que se puede priorizar proyectos a nivel nacional, regional y municipal.

Asegurar la transparencia en el proceso presupuestal.

Evitar que los recursos sean usados con intereses particulares.

La Ley establece acuerdos participativos (art. 90 Ley 1757 de 2015), pero no propone audiencias públicas como el escenario idóneo para discutir la priorización del presupuesto; las que existen en la ley son para rendición de cuentas (art. 55, Ley 1757 de 2015).

La ley estatutaria 1757 de Participación Ciudadana establece que la rendición de cuentas es de obligatoria para integrantes de las Juntas Administradoras Locales (JAL), los Concejos Municipales y las Asambleas Departamentales; sin embargo, excluyó a los Congresistas de la República.

Con esta rendición habrá un flujo transparente de información sobre la gestión legislativa de los Congresistas que facilita el control ciudadano.

Favorece el cumplimiento de los deberes contemplados en la Constitución y los reglamentos de las respectivas corporaciones gracias al control social que puede ejercer la ciudadanía.

Permite identificar conductas relacionadas con corrupción.

Facilita conocer las propiedades de los congresistas con lo que se podría identificar posibles conflictos de interés.

Permite renovación política en las corporaciones públicas.

Limita la permanencia en el poder de los políticos tradicionales.

Mitos y realidades

A través de redes sociales, medios de comunicación y voces de políticos se ha logrado tergiversar la información de la consulta anticorrupción, haciendo aparecer mitos como:

Mitos

1. La Consulta Anticorrupción podría afectar el salario justo y proporcional por el que han luchado los funcionarios y empleados de la Rama Judicial, además se le va a bajar la pensión a los policías.

2. Es una consulta disfrazada de buenas intenciones que lo que busca es utilizar las leyes a favor de quienes las hacen.

3. Perseguirán a la derecha por corrupción para que está pierda su fuerza política.

4. A los promotores de la Consulta Anticorrupción el Estado les dará $5.000 por voto.

5. Busca que los senadores sólo tengan derecho a dos periodos en el congreso, será una piedra en el zapato para Uribe.

6. Dos de las propuestas son de rango constitucional que no se pueden modificar por Consulta Popular La Consulta es un gasto inoficioso y esa platica la necesitamos.

Realidad

La reducción salarial será únicamente para altos funcionarios, se deberá ajustar la normativa salarial que fijan las demás remuneraciones para no disminuirlas.

Aprobada la Consulta, sus propuestas se harán realidad en leyes de contenido general que no tendrán “nombre propio” y que serán decididas por el Congreso con intervención de todas las fuerzas políticas del país, no es posible que beneficien a los promotores.

La Consulta ha sido apoyada y aprobada por todos los sectores políticos. Los congresistas del Centro Democrático votaron positivamente el aval en el Senado; incluso el electo Presidente Iván Duque.

Las consultas populares no cuentan con financiación estatal de ningún tipo. Por ley no se puede recibir ningún dinero por los votos.

Este límite busca la renovación político y no distingue entre partidos políticos.

Las propuestas incluidas en la Consulta Anticorrupción requieren desarrollos legales o en su defecto, políticas públicas.

Por ejemplo, la Pregunta 1, sobre los salarios altos requiere modificación de la Ley 4 de 1992 y además desarrollo por medio de decretos.

El dinero que se va a invertir en la Consulta ya está destinado a participación democrática, no sería posible destinarlo a otros temas.

Las propuestas de la consulta implican un importante ahorro. La disminución del salario de los Congresistas y altos cargos, significaría un ahorro de 213 mil millones de pesos. La aprobación de las demás preguntas le podría llegar a ahorrar al país entre 40 y 50 billones de pesos que nos ha costado la corrupción.

Preguntas frecuentes: Consulta Anticorrupción

1. ¿Qué es una Consulta Popular y dónde está regulada?

La consulta popular es un mecanismo de participación ciudadana mediante el cual se convoca al pueblo para que decida acerca de algún tema de vital importancia para la ciudadanía, que puede ser nacional, departamental, municipal, distrital o local. Este mecanismo está consagrado en el artículo 103 de la Constitución Política de Colombia y en la Ley 1757 de 2015.

2. ¿Cuántos votos se necesitan para que las preguntas de la Consulta Anticorrupción sean aprobadas?

Se requiere el voto afirmativo de la mitad más uno de los sufragios válidos del total de la votación (6.037.879 de votos), siempre y cuando haya participado no menos de la tercera parte del censo electoral (12.075.756 personas que deben votar). Le apuntamos a una votación de 15 millones para no tener riesgos en caso de votos nulos.

3. ¿En cuánto está el censo electoral?

El número de colombianos habilitados para votar está conformado por 36’227.267 personas.

4. ¿Quiénes pueden votar en la Consulta Anticorrupción?

Todos los colombianos mayores de 18 años que estén en el censo electoral.

5. ¿Habrá inscripción de cédulas?

No. Las personas que podrán votar en la Consulta serán las mismas que votaron en las elecciones presidenciales. El proceso de inscripción de cédula venció el pasado martes 27 de marzo de 2018 en las registradurías auxiliares.

6. Las personas que nunca han votado, ¿pueden votar en la consulta así no estén inscritas?

Los ciudadanos colombianos pueden votar únicamente en el lugar de votación donde tienen inscrita su cédula de ciudadanía, o en el lugar asignado por la Registraduría Nacional del Estado Civil en los casos de los ciudadanos que jamás se han inscrito.

7. ¿Cómo sé cuál es mi lugar de votación?

Su lugar de votación será el mismo donde votó para las elecciones presidenciales. Si tiene dudas del sitio puede consultar puesto y mesa de votación ingresando su cédula en la página de la Registraduría (www.registraduria.gov.co) en “consulte aquí su lugar de votación”.

8. ¿Las personas que están en el extranjero también pueden votar?

Si, los colombianos que viven en el exterior pueden votar en los consulados donde votaron para Presidente de la República. En el extranjero la votación será del 20 de agosto al 26 de agosto de 2018.

9. ¿Habrá financiación o reposición por la Consulta Anticorrupción?

No. El Gobierno no hará devolución de recursos, no hay anticipos, ni reposición de votos.

Los movimientos y partidos que promueven la Consulta Anticorrupción lo hacen con recursos propios.

10. ¿Qué se va a preguntar en la Consulta Anticorrupción?

La Consulta Anticorrupción preguntará sobre 7 temas:

1. Reducir el salario de los congresistas y los altos funcionarios del Estado. Fijando como tope máximo 25 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

2. Evitar que los condenados por corrupción y delitos contra la administración pública tengan la posibilidad de reclusión especial mientras pagan su condena. Además, permitirle al Estado que pueda terminar los contratos de forma unilateral con estos o las personas jurídicas de las que hagan parte, sin que haya lugar a indemnización o posibilidad de volver a contratar con el Estado.

3. La obligatoriedad de todas las entidades públicas y territoriales de utilizar pliegos tipo al momento de celebrar todo tipo de contratos.

4. La obligación de realizar audiencias públicas para que la ciudadanía y los corporados tengan la posibilidad de decidir sobre el desglose y priorización del presupuesto de inversión nacional, regional y departamental.

5. Que los Congresistas y demás corporados tengan la obligación de rendir cuentas anuales sobre su participación y gestión tanto de intereses públicos como particulares, por ejemplo, en gestiones realizadas para presentar candidatos a cargos públicos.

6. Que todos los funcionarios que son elegidos por voto popular tengan la obligación de hacer público sus declaraciones de bienes, patrimonio, rentas, pago de impuestos y conflictos de interés, como requisito para posesionarse y ejercer el cargo. Y que dado el caso, se inicie de oficio las investigaciones penales correspondientes y aplicar extinción de dominio cuando haya lugar a ello.

7. Establecer un límite de máximo tres periodos para ser elegido y ejercer en una misma corporación de elección popular como el Senado de la República, la Cámara de Representantes, las Asambleas, los Concejos y las Juntas Administradoras Locales.

11. ¿La decisión que tome la ciudadanía es vinculante?

Sí, siempre y cuando cada pregunta sometida al pueblo haya obtenido el voto afirmativo de la mitad más uno de los sufragios válidos y, siempre y cuando haya participado no menos de la tercera parte de los electores que componen el respectivo censo electoral.

12. ¿Qué pasa si no todas las preguntas pasan la votación necesaria?

Como cada pregunta es independiente, su desarrollo también, esto quiere decir que si solo algunas preguntas son avaladas por el pueblo, este mandato se deberá respetar y seguir el trámite respectivo con las preguntas que fueron avaladas por la ciudadanía.

13. ¿Después de la Consulta Anticorrupción que viene?

Según el artículo 42 de la Ley 1757 de 2015, para este caso el Congreso deberá adoptar las medidas para hacer efectiva la decisión del pueblo. El Congreso con las preguntas que fueron votadas positivamente y superan los votos exigidos, deberá expedir la ley dentro del mismo período de sesiones o a más tardar en el período siguiente (1 año). Si vencido, este plazo el Congreso no la expidiere, el Presidente de la República dentro de los quince (15) días siguientes la adoptará mediante Decreto con fuerza de ley. En esta circunstancia el plazo para hacer efectiva la decisión popular será de dos meses.



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