Superservicios ordena a Vanti S.A. ajustar las tarifas de gas y devolver a los usuarios el cobro indebido
· La devolución o compensación a más de 2,5 millones de usuarios en Bogotá y Cundinamarca deberá ser del 100% del valor total cobrado indebidamente. Esta medida no constituye una sanción.
En uso de las facultades constitucionales delegadas por el Presidente Gustavo Petro Urrego para vigilar la prestación de los servicios públicos domiciliarios, la Superservicios impuso a Vanti S.A. E.S.P. un Programa de Gestión con el objetivo de que ajuste la tarifa del servicio público de gas natural a partir del consumo de diciembre de 2024 facturado en enero del 2025 y devuelva a los usuarios los montos a los que haya lugar.
La Superservicios expidió la Resolución No. 20251000201245 del 06 de mayo de 2025 tras encontrar que el incremento del 4,95% en enero y del 35,5% en febrero, no estaban justificados puesto que la empresa contaba con las reservas suficientes de gas natural nacional para suplir la demanda esencial.
Mediante la revisión de la facturación y de la información comercial reportada por la empresa, la Superintendencia encontró que -mediante contrato con ECOPETROL- Vanti disponía de suficiente gas pero que decidió reportar de forma irregular una disponibilidad menor e insuficiente con el propósito de justificar la importación de gas con destino a la demanda residencial.
Dado que el gas importado tiene un precio mayor, este hecho le sirvió de argumento para incrementar las tarifas a las familias y demás personas naturales.
Esta conducta viola la regulación tarifaria del servicio público de gas combustible por redes establecida en la Resolución CREG 137/13 y constituye un incumplimiento de la obligación de prestar de forma eficiente el servicio público domiciliario a más de 2,5 millones de usuarios en Bogotá y Cundinamarca.
El programa impuesto tiene como objetivo proteger los derechos de los usuarios ordenando a Vanti recalcular las tarifas, devolver el 100% de las sumas cobradas en exceso e incorporar disposiciones de gobierno corporativo encaminadas a garantizar que Vanti S.A. no vuelva a incurrir en cobros indebidos.
Es la primera vez que esta Superintendencia impone un Programa de Gestión, una figura vigente desde el año 2015, que está en armonía con la ley de Servicios Públicos Domiciliarios (Ley 142/94, art. 79) y que se toma sin perjuicio de las sanciones administrativas y consecuencias penales a que haya lugar. Por esta razón en la resolución la Superservicios ordena iniciar el proceso sancionatorio y de remitir copias a los entes de control, a la Superindustria y a la Fiscalía General de la Nación.
De acuerdo con los lineamientos del Presidente de la República, el principal interés de esta medida es garantizar a la ciudadanía la prestación de los servicios públicos como un derecho.
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