Se negó invalidez en modificación del estatuto de rentas del municipio de Tunja

personPositiva

date_rangeAbril 18, 2018

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Ayer, desde el Tribunal Administrativo de Boyacá se negó la invalidez en el Acuerdo 030 del 31 de diciembre de 2017, proferido por el Concejo de Tunja, por medio del cual se modifica el estatuto de rentas de la capital boyacense. El fallo se dio dentro de la demanda interpuesta por el gobernador de Boyacá, Carlos Andrés Amaya, que buscaba la nulidad en el Acuerdo argumentando que la aprobación del mismo se hizo en un día no hábil y que en un solo momento se hizo el proceso de expedición, sanción y publicación. De acuerdo con el magistrado Luis Ernesto Arciniegas, el análisis del Tribunal no podía referirse a otros temas, como conveniencia para la ciudadanía, sino específicamente a los indicados en el marco de la legalidad por lo que se verificó si había irregularidades en la sesión realizada el día domingo 30 de diciembre de 2017, encontrando que, “el Concejo había habilitado esos días para determinar y concluir el acuerdo, la sanción hubiese entonces haberse dado de no tener la autorización para sesionar y tomar decisiones dentro del cabildo municipal”. Así las cosas una de las revisiones que no se ha hecho, pues no estaba dentro de las solicitudes de la demanda es si el proceso de habilitación del día no hábil se hizo dentro del marco de la legalidad. Al respecto, el concejal Alejandro Camargo manifestó que la decisión del Tribunal da un parte de tranquilidad para los concejales que aprobaron el estatuto de rentas y la base catastral disminuida en 0.5 % así como la ampliación del plazo por pronto pago. “El Acuerdo queda vigente y los tunjanos pueden tener la tranquilidad de la legalidad y los beneficios aprobados”. Así mismo la secretaria jurídica Andrea Báez, manifestó que, “este fallo beneficia a la comunidad y demuestra que la administración Tunja En Equipo en cabeza del alcalde Pablo Emilio Cepeda Novoa cumple estrictamente en cada uno de los actos administrativos que emite la normatividad que rige la materia”. Es de anotar que de haber sido positiva la respuesta del Tribunal Administrativo a la demanda interpuesta por la Gobernación de Boyacá, los beneficios anteriormente nombrados y señalados en el acuerdo 030 de 2017 se hubiesen perdido, perjudicando notablemente a los contribuyentes.

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