Días difíciles vienen para el presidente del congreso Roy Barreras

person@carloselbúho

date_rangeMayo 05, 2023

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El alto tribunal encontró que Barreras, presidente del Congreso, incumplió su deber constitucional de renunciar a su curul 12 meses antes de la fecha límite para inscribirse en las elecciones en el periodo 2022-2026; Tras la anulación de su elección , su reemplazo será el aspirante con mayor votación después de Barreras dentro del Pacto Histórico.

"La Sección Quinta analizó las normas constitucionales aplicables al asunto y los precedentes de la Corporación, y determinó que con los Actos Legislativos 01 del 2003 y de 2009, el constituyente buscó el fortalecimiento del sistema de bancadas y la disciplina de los miembros de los partidos, además, se precisó que la expulsión del demandado del Partido de La 'U', no lo eximía de su deber de renunciar a la curul, en el plazo constitucionalmente establecido", explicó el Consejo de Estado. 

La decisión con la que se cae el congresista ficha clave del Gobierno Nacional del presidente Gustavo Petro en las reformas a discutirse en el Legislativo, se tomó en la tarde de este jueves. Sobre ella procede una acción de aclaración que quiera interponer Barreras, pues no caben recursos porque el fallo es de única instancia.

En caso de que el presidente del Congreso interponga una aclaración frente al fallo que lo saca por doble militancia, aunque este será notificado dentro del proceso, no quedará en firme hasta que se le resuelva la solicitud. Esto quiere decir que Roy Barreras podrá mantener su puesto hasta que le definan su situación jurídica.

Asimismo, la defensa del congresista tuvo su oportunidad de presentar los argumentos con tal de frenar las pretensiones de los demandantes. Entre ellos se lee que "a la fecha no se logró probar la existencia de razones fácticas y jurídicas que permitan concluir que debe declararse la nulidad del acto de mi poderdante". Sin embargo, tras la ponencia del magistrado Pedro Pablo Vanegas se evidenció que sí hubo razones de sobra que evidencian la doble militancia.

Se demostró que el demandado no renunció (dentro del término legalmente previsto, el cual feneció el 13 de noviembre de 2021) a su curul como senador, como da cuenta la certificación del secretario general del Senado de la República, del 30 de junio del 2022, según la cual Roy Leonardo Barreras se posesionó como senador para el periodo 2018-2022.

Los caminos ante el fallo son las acciones de aclaración o de revisión que puede pedir la defensa, las cuales serán examinadas en el Consejo y, de no salir a favor nuevamente, le queda la oportunidad de presentar una tutela que conocería ese alto tribunal, y después podría pasar a revisión en la Corte Constitucional.



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